Nuestros Servicios

Visa T

En Abogada Julia, somos expertos en casos de Visa T y hemos ayudado a más de 7,000 personas a obtener protección legal en los EE.UU. Si ha sufrido explotación ya sea por un patrón, o por quienes lo ayudaron a cruzar, o violencia doméstica, podría calificar para la Visa T.  Mi equipo y yo estamos aquí para guiarle en cada paso del proceso y luchar por sus derechos.

Desafortunadamente, hasta el día de hoy, la explotación humana sigue siendo muy común. Muchas personas no se dan cuenta de la magnitud de la explotación, o de que ellos mismos han sido víctimas de formas de maltrato, ya que quienes los explotan, se esfuerzan para “normalizar” la explotación, evitando que sus víctimas se den cuenta de que tienen derechos.

Nuestra misión es ayudar a guiar a nuestros clientes en el proceso de contar sus historias y solicitar la visa T.  Una persona no tiene que estar actualmente en una situación de explotación, para calificar, gracias a esta forma de alivio de la inmigración. En nuestro despacho, ayudamos a muchos clientes que han sido víctimas de explotación, así como a clientes en situaciones de emergencia actualmente. 

La visa T es visa de no-inmigrante, que provee alivio migratorio para quienes hayan sido explotados y sus familiares inmediatos, para legalizar su estatus inmigratorio, y permitirles permanecer y trabajar temporalmente en los Estados Unidos. La visa T también puede crear una vía para obtener la residencia (“Green Card”).


Esta NO es una lista exhaustiva, estos son sólo algunos de los factores que indican explotación:

  • No ser pagado correctamente (No pagado o mal pagado), que te corten las horas o no te paguen las horas extras porque no tienes papeles.
  • Vivir con tu empleador.
  • Tu empleador te ha dicho que tienes una “deuda” con ellos y que tienes que pagarla con tu trabajo.
  • Malas condiciones de vida/trabajo
  • Tu empleador te amenazó con llamar a la policía o a inmigración si te ibas o si presentabas una reclamación.
  • Tu empleador te obligó a seguir trabajando y te prometió que te pagaría más tarde, pero no lo hizo.
  • Múltiples personas apretadas en un espacio.
  • Hiciste arreglos con una persona  para cruzar la frontera, con planes de ser llevado a los Estados Unidos, pero en lugar de dejarte libre al llegar al país, te obligaron a permanecer en una casa. Te obligaron hacer trabajos domésticos, como limpiar, lavar la ropa o cocinar para otras personas.
  • Te dijeron que debías mucho más dinero del que te habían dicho inicialmente, y que para pagar esta deuda tenías que trabajar para ellos;
  • Durante el pasaje a EE.UU., los que te ayudaron a cruzar, te obligaron a llevar bolsas, maletas o a vigilar a las demás personas;
  • Recibiste atención no solicitada de los que te ayudaron a cruzar; tu comida y agua estaban limitadas y tenías que “ganarlas”.
  • Imposibilidad de hablar con otra persona a solas
  • Maltrato físico
  • Sentirse como un sirviente con una pareja actual o una relación anterior
  • Haber sufrido violencia doméstica
  • El empleador o un compañero retiene los documentos de identidad
  • Sentirse sumiso o temeroso
  • Sentirse explotado, forzado o coaccionado
  • Sentirse forzado a mantener relaciones sexuales o a prostituirse

Estos son sólo algunos de los ejemplos y señales de alarma. Si cree que alguno de los puntos anteriores puede aplicarse a su situación, podemos ayudarlo a evaluar su caso.

Entendemos que algunas situaciones son muy personales y difíciles, por eso es importante que usted sepa, que todo lo que nos cuente es absolutamente confidencial. Nuestro equipo legal está compuesto de abogados y profesionales especializados en este tipo de casos.


  • Protección de ser arrestado, detenido por inmigración o deportado mientras su caso está pendiente
  • Recibir su permiso de trabajo una vez que ganemos su caso*
  • Después de 1 a 3 años puede solicitar la residencia (una “Green Card”)
  • Incluso si usted entró en los EE.UU. “ilegalmente” puede obtener su residencia
  • Si usted ha sido deportado en el pasado, todavía puede calificar para obtener su residencia
  • Aunque haya entrado varias veces, es posible que reúna los requisitos para obtener la residencia después de que se apruebe la visa T
  • Puede calificar para solicitar la residencia, incluso si tiene condenas penales
  • Es posible que pueda obtener el estatus de no inmigrante para los miembros de su familia, como derivados de la visa T.

Además, hay otros beneficios públicos que puede recibir:

  • Protección de ser arrestado, detenido por inmigración o deportado mientras su caso está pendiente
  • Recibir un permiso de trabajo temporal mientras su caso está pendiente. Esto es posible a través del proceso de Determinación de Buena Fe.
  • Recibir su permiso de trabajo final una vez que la visa T esté aprobada*
  • Después de 1 a 3 años puede solicitar la residencia (una “Green Card”)
  • Incluso si usted entró en los EE.UU. “ilegalmente” puede obtener su residencia
  • Si usted ha sido deportado en el pasado, todavía puede calificar para obtener su residencia
  • Aunque haya entrado varias veces, es posible que reúna los requisitos para obtener la residencia después de que se apruebe la visa T
  • Puede calificar para solicitar la residencia, incluso si tiene condenas penales
  • Existe la posibilidad de obtener un permiso de viaje (Advance Parole) una vez que su visa T sea aprobada, lo que le permitirá salir y regresar a los EE.UU. de manera legal.
  • Es posible que pueda obtener el estatus de no inmigrante para los miembros de su familia, como derivados de la visa T.

Además, hay otros beneficios públicos que puede recibir:

  • Ayuda a la vivienda
  • Asistencia alimentaria
  • Ayuda a los ingresos
  • Asistencia para el empleo
  • Clases de inglés
  • Asistencia sanitaria
  • Servicios de salud mental
  • Cuidado tutelar

Normalmente, los casos de visa T pueden ser difíciles de ganar, pero en Abogada Julia, estamos consagrados a los resultados y nos comprometemos a luchar por todos nuestros clientes asegurándonos de que sus voces sean escuchadas y sus derechos sean protegidos.

* El 29 de abril de 2024, USCIS anunció una regla final que modifica las regulaciones sobre las solicitudes para el estatus de no inmigrante T. Esta regla entrará en vigencia el 28 de agosto de 2024. Esta lista incluye los cambios.

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